
AKRA TASACIONES actúa bajo el principio de que todas las valoraciones del mismo tipo de inmueble “cuestan” lo mismo.
Es decir, la experiencia de AKRA TASACIONES nos dice que el resultado de una tasación no tiene ninguna influencia sobre el costo de su valoración.
Se emplea el mismo “esfuerzo” en tasar un inmueble con un valor de tasación inferior a 100.000 euros, que otro distinto del mismo tipo cuyo valor de tasación sea superior a 1.000.000 euros.
Por ello el monto de los honorarios de AKRA TASACIONES solo varía en función del tipo de inmueble a tasar, de la finalidad de la valoración y de la complejidad del método (o conjunto de métodos) empleado para tasarlo.
Y de parámetros ajenos a la propia valoración como podría ser el kilometraje.
Por ello decimos en AKRA TASACIONES que los honorarios de nuestras valoraciones son de TARIFA PLANA y que por lo tanto sus precios son NI-NI, es decir, ni tramos, ni escalados de precios en función del resultado de la valoración.
AKRA TASACIONES es una empresa de tasación constituida y dirigida por un ingeniero industrial con más de 20 años en el sector inmobiliario y con experiencia desde el 2000 en tasaciones de inmuebles rústicos y urbanos.
Como peritos tasadores inmobiliarios (abogados, arquitectos y aparejadores), formamos un Gabinete Técnico de Peritos Judiciales y Tasadores Inmobiliarios colegiados que poseen la habilitación de perito judicial. Tienen el título de tasador inmobiliario y pueden actuar como peritos terceros en valoraciones contradictorias y aplican en sus valoraciones inmobiliarias los honorarios NI-NI (sin tramos, ni escalados según el resultado de la valoración) que se indican más abajo.
AKRA tasaciones realiza la valoración de todo tipo de inmuebles rústicos, agrícolas y ganaderos, industriales, comerciales, públicos, deportivos y residenciales.
Que a efectos prácticos AKRA tasaciones distingue:
Cada tipo con su método de valoración específico según la orden ministerial ECO/805/2003 y congruentes.
Abogados, procuradores, notarios, registros, bancos y cajas de ahorro, inversores, financieras, aseguradoras, organismos públicos, auditores, asesorías, gestorías, corredores de fincas. Juzgados civiles, penales, laborales y mercantiles. Empresarios, agricultores y particulares de toda ESPAÑA.
1.- Para viviendas en general: valoración de casas unifamiliares: chalets, torres, entre medianeras, adosadas y pareadas, valoración de pisos, dúplex/áticos y valoración de parcelas para construcción de viviendas unifamiliares.
Provincia de Alicante
En Alicante (L`Alicantí) y Elche: 100 euros
Resto de la provincia: 135 euros
Para las provincias de Murcia, Albacete, Valencia, Madrid, Andalucía y Aragón
Capitales de provincia: 150 euros
Resto de la provincia: 180 euros
Resto de provincias
CONSULTAR
(precio fijo cualesquiera que sea el resultado de la tasación)
Estos honorarios se aplican por cada finca registral a tasar.
IVA no incluido.
En el PRECIO ÚNICO están incluidos:
Desplazamientos, dietas y minuta del perito tasador inmobiliario, el tiempo empleado, la verificación de los documentos aportados, la visita y las fotografías de cada vivienda, la documentación catastral gráfica y descriptiva, la emisión y encuadernación del dictamen pericial, uno por cada finca registral..
Documentación necesaria por cada finca registral:
Fotocopia del DNI o NIF del solicitante, de la escritura de propiedad, del último recibo del IBI pagado y una nota simple con una antigüedad máxima de 1 mes.
Si está arrendada, además fotocopia del contrato de alquiler vigente y del último recibo pagado.
Firmar la SOLICITUD DE TASACIÓN, una por cada finca registral a tasar.
2.- Para a inmuebles NO residenciales (rústicos, agrícolas, industriales, comerciales y deportivos).
2.1.- PRECIO ÚNICO para la tasación de oficinas, tasación de locales comerciales, o tasación de naves industriales: lo mismo
2.2.- PRECIO ÚNICO para la tasación de suelos, tasación de solares urbanos, valoración terrenos urbanizables y no urbanizables: lo mismo
2.3.- PRECIO ÚNICO para la valoración de fincas rústicas, agrícolas y ganaderas: lo mismo
2.4.- PRECIO ÚNICO para la valoración de edificios de uso residencial u oficinas a 75 euros por finca registral.
Edificio industrial, comercial, deportivos u otros en proyecto, construcción, rehabilitación o terminados, valoración de hoteles, tasación de parkings y tasación de inmuebles no residenciales en general: a convenir desde 150 euros por finca registral.
Cualesquiera que sea el resultado de la tasación.
Estos honorarios se aplican por cada finca registral a tasar.
IVA no incluido.
En el PRECIO ÚNICO están incluidos: desplazamientos, dietas, tiempo empleado y minuta del perito tasador inmobiliario, verificación de los documentos aportados, visita y fotografías de cada inmueble, documentación gráfica y descripción catastral, la emisión y encuadernación dictámenes por cada finca registral.
Documentación necesaria para la tasación de una finca registral:
Por cada finca registral a tasar, el solicitante proporcionará al tasador: fotocopia de su DNI, de la escritura de propiedad, del último recibo del IBI pagado y la nota simple como máximo de 1 mes de antigüedad.
Si está arrendado, además fotocopia del contrato de alquiler vigente y del último recibo.
Si soporta alguna explotación económica, fotocopia del Balance y la Cuenta de Explotación de los 3 últimos ejercicios o en su defecto de las declaraciones a la Agencia Tributaria.
Teléfono - 692 687 756 (Ángel)
De acuerdo con la orden del Ministerio de Economía ECO/805/2003 modificada por EHA/3011/2007 sobre normas de valoración de bienes inmuebles para determinar su valor de mercado o hipotecario, las valoraciones deben realizarse mediante el método que corresponda: del COSTE (para toda clase de edificios en proyecto, en construcción, o en rehabilitación), de COMPARACIÓN (para toda clase de viviendas, locales, etc., existentes en el mercado inmobiliario de compraventa), de ACTUALIZACIÓN DE RENTAS (para toda clase de inmuebles destinados al alquiler), y RESIDUAL (para terrenos urbanos o urbanizables).
Y mediante procedimientos adaptados a dicha orden ministerial que se ajustan a las distintas peculiaridades de los inmuebles, plenamente legales y que son aceptados por los Juzgados (civil, penal, laboral y mercantil), Agencia Tributaria, Seguridad Social (URE`s), en subastas públicas (embargos), registros públicos, entidades privadas de crédito, Compañías de Seguros, Fondos de Inversión Inmobiliaria,y en general para cualquier institución, profesional, empresario y persona que esté interesada en conocer el valor de mercado de un bien inmueble.